6 noviembre 2024

Listas de las frecuencias de la TDT en España ...


La empresa que recurrió el reparto de la TDT avisa de que tomará medidas

Infraestructuras y Gestión 2002, la empresa que ganó un recurso ante el Tribunal Supremo contra el acuerdo del Consejo de Ministros de 2010 por el que se aprobó el reparto de los actuales canales de la TDT, ha advertido, a través de su representante legal MassMedia Assistants, de que tomará medidas para asegurarse de que la sentencia se cumple.

Fuentes de la compañía consultadas por Europa Press han indicado que el plazo para cumplir la sentencia vence a mediados de febrero, y han explicado que en función de la respuesta que el Gobierno dé a la sentencia del Supremo tomarán una medida u otra para asegurarse de que la sentencia, que consideran que se ajusta a la legislación europea, se cumple.

Así, MassMedia Assistants ha advertido de que «cualquier disposición administrativa (de conocimiento público o no), que se dictase para eludir los efectos de las sucesivas interpretaciones que el Alto Tribunal ha realizado sobre la materia, serían nulas de pleno derecho, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurrió el órgano o funcionario que la adoptó».

Además, ha señalado que «está estudiando actualmente las diferentes vías que tiene a su disposición su cliente para lograr el cumplimiento íntegro de la sentencia dictada y las exigencias decretadas en ella, acordes plenamente con el derecho y jurisprudencia comunitaria».

El Tribunal Supremo estimó en su sentencia parcialmente el recurso presentado por la empresa Infraestructuras y Gestión 2002 y declaró nulo el acuerdo del 16 de julio de 2010 del Consejo de Ministros por el que se entregó un múltiple completo –con capacidad para emitir cuatro canales convencionales– a Antena 3, Telecinco, Sogecable, Veo7, Net Televisión y La Sexta por no ser conforme a derecho.

De acuerdo a la sentencia del Supremo, el Gobierno no respetó la Ley General de la Comunicación Audiovisual, que entró en vigor en mayo de ese mismo año, y asignó a los propietarios de licencias «canales adicionales» en la TDT «sin la realización de concurso público», tal y como exige la Ley. En este sentido, el Alto Tribunal recordó que la Ley Audiovisual implantó un nuevo régimen jurídico para la TDT basado en «licencias» que acabó con el tradicional régimen basado en «concesiones públicas» manteniendo, en todo caso, la necesidad de acceder al título habilitante mediante concurso.

En su recurso, MassMedia Assistants había solicitado también que el Tribunal Supremo reconociera directamente que Antena 3, Telecinco, Sogecable, Veo TV y Net TV tienen derecho a explotar un sólo canal, y La Sexta tiene derecho a explotar dos canales. El Supremo rechazó tal pretensión, aunque no entró a valorar el fondo de la misma, «por considerar que lo solicitado queda fuera del objeto del recurso, esto es, reconocer o no la legalidad del Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se asignaban sin concursos las licencias TDT impugnadas».

«Ha de quedar claro que, aunque el Tribunal Supremo rechaza estimar la secundaria pretensión, lo hace sin entrar a valorarla por una exclusiva cuestión procesal, instando a emprender los consecuentes procedimientos legalmente establecidos una vez dictada sentencia», señala MassMedia en un comunicado, en el que considera que «la sentencia deja sin base legal ni legitimación a la mayoría de los nuevos canales privados nacionales».

Independientemente de cómo el Gobierno interprete ahora la sentencia, que está obligado a cumplir, el Supremo, que no entró a valorar si los nuevos canales quedaban «ineludiblemente afectados» por la nulidad del acuerdo del Consejo de Ministros, dejaba la puerta abierta a que el proceso por el que se asignó estas cadenas de la TDT, coincidiendo con el apagón analógico, «pueda ser impugnado por sí mismo, y que en dichos procedimientos se delimite, en su caso, su dependencia del acuerdo ahora anulado y la legalidad o ilegalidad de dichas actuaciones administrativas».

EP

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