29 marzo 2024

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Piden que se actúe contra la publicidad en pantalla compartida

El Consejo del Audiovisual de Cataluña (CAC) ha instado al Ministerio de Industria,a emprender acciones por lo que considera «una vulneración de la normativa publicitaria» en las retransmisiones de carreras de motos y de Fórmula 1 por parte de Telecinco y de Antena 3 TV, respectivamente.

El Consejo ha analizado el sistema de pantallas compartidas utilizado en estas retransmisiones. En concreto, ha analizado las carreras del Gran Premio de alemania de Motociclismo, emitidas por Telecinco el pasado 8 de julio, y las pruebas que ofreció Antena 3 de la GP2 Series y Fórmula 1 del Gran Premio del 29 de julio.

En el caso de Telecinco, se ha detectado la emisión de 10 bloques con comunicaciones comerciales simultáneas a la programación en forma de pantalla compartida (en 7 bloques, sin que el evento estuviera parado y, en 3, entre el final de la carrera y la entrega de premios). Los bloques tienen una duración de entre 1 y 5 minutos.

En el caso de Antena 3 TV, se han detectado 4 bloques con pantallas compartidas, con una duración aproximada de 3 minutos, siempre con el evento en curso. «En ambos casos, los bloques con pantallas compartidas se abren y se cierran con una careta a pantalla completa. Durante toda la emisión del bloque, el audio es el correspondiente a los diferentes anuncios y no aparece ningún rótulo que indique el carácter publicitario del contenido», señala el organismo catalán en una nota.

Según el Consejo, la careta a pantalla completa que abre y cierra el bloque publicitario incumple el artículo 14.4 de la LGCA y el artículo 14 del Reglamento de desarrollo de la LGCA en relación con la comunicación audiovisual televisiva, ya que supone la interrupción de la retransmisión de las carreras de motociclismo y de Fórmula 1.

Añade que en las muestras analizadas se constata la no-sobreimpresión de la indicación ‘publicidad’ en la ventana que corresponde al contenido publicitario. En el artículo 14.3 de la LGCA se indica que «en la emisión de publirreportajes, telepromociones y, en general, de aquellas formas de publicidad distintas de los anuncios televisivos que, por las características de su emisión, podrían confundir al espectador sobre su carácter publicitario, deberá superponerse, permanentemente y de forma claramente legible, una transparencia con la indicación ‘publicidad’».

Servimedia

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