28 marzo 2024

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La CNMC pide a Mediaset y Atresmedia que cumplan la regulación publicitaria

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha decidido pedir a Atresmedia y Mediaset que adopten las medidas oportunas de adecuación de los llamados ‘emplazamientos de productos’ a los criterios establecidos por la legislación.

El ‘emplazamiento de producto’ es una forma de comunicación comercial audiovisual que consiste en incluir, mostrar o referirse a un producto, servicio o marca comercial de manera que figure en un programa.

El presunto incumplimiento, que podría dar lugar a la apertura de un procedimiento sancionador si no atienden al requerimiento, se ha detectado en diferentes programas emitidos en Antena 3, Telecinco y Cuatro.

En el caso de Atresmedia, esta posible infracción de la legislación se refiere a las anomalías detectadas en el programa Karlos Arguiñano en tu cocina, emitido en el canal Antena 3, por la «inapropiada relevancia que se da a la imagen de algunos productos y las manifestaciones verbales vertidas por el presentador que mencionan cualidades de los productos emplazados que constituyen una prominente carga promocional».

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En lo que se refiere a Mediaset, se han detectado también algunas anomalías. Por una parte, en relación con la señalización de los emplazamientos, puesto que en alguno de los programas visionados, aparece la señalización EP al principio y al final del mismo, así como en cada reanudación tras una pausa publicitaria, pero sin que consten las palabras ‘emplazamiento de producto’.

Por otro lado, también se han detectado anomalías en relación con la incitación a la compra y prominencia indebida en los programas Robin Food: atracón a mano armada emitido en Mediaset y en Planeta Calleja emitido en Cuatro.

Para que un ‘emplazamiento de producto’ se ajuste a lo establecido en la Ley se deben cumplir algunos requisitos, entre ellos, los referidos a una correcta señalización del mismo, de forma que el público debe ser claramente informado del emplazamiento al principio y al final del programa, y cuando se reanude tras una pausa publicitaria.

También a la independencia editorial, por lo que no debe influir en el contenido o en el guion de los programas, o a la falta de incitación a la compra o que no se dé prominencia indebida al producto. La CNMC explicó que es precisamente esta «falta de finalidad promocional» la que diferencia la figura del emplazamiento de otros tipos de publicidad.

Servimedia



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