Infracciones de Mediaset y Paramount Channel
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incoado un expediente sancionador a Mediaset por haber superado en sus canales Telecinco y Cuatro los límites de tiempo de emisión dedicados a los mensajes publicitarios y autopromoción, regulados en la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).
En concreto, según explica la CNMC , el artículo 14.1 de la Ley General de Comunicación Audiovisual establece el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta en 12 minutos por hora natural.
La CNMC señala que la incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de seis meses para la instrucción del expediente y resolución por parte dela CNMC y Mediaset dispone de un plazo de 15 días para presentar alegaciones.
En el caso de Paramount Channel, la CNMC incoar un expediente sancionador a Net TV, empresa propietaria de la frecuencia por la que emite Paramount Channel, por exceso de interrupciones publicitarias en algunas películas emitidas en el canal.
En junio del 2014 ya emitió un requerimiento instando a Net TV a tomar las medidas necesarias para que el número de interrupciones publicitarias efectuadas en las películas para televisión y largometrajes emitidos no fuera superior al máximo permitido en función de su duración prevista.