TVE considera insuficiente la oferta de TV3 por la Supercopa de fútbol
La televisión autonómica catalana TV3 ha hecho una oferta a TVE para volver a compartir los derechos de emisión de la Supercopa de Fútbol, que enfrenta a los ganadores de Liga y Copa del Rey, pero a la baja respecto a la temporada pasada, y esto no satisface a la corporación pública estatal.
El Consejo de Administración de RTVE estudió la oferta de la cadena catalana, pero no tomó una decisión porque la ve insuficiente y ambas partes van a seguir negociando, según explicaron a Servimedia fuentes del órgano colegiado.
A TVE le cuestan los dos partidos de la Supercopa un total cercano a los cuatro millones de euros. TV3 le pagó el año pasado un millón por la emisión en Cataluña, pero este año alega dificultades económicas y solo ofrece unos 600.000 euros más algunos programas. “Nosotros también tenemos dificultades. Lo que nos ofrecen no nos satisface. Nosotros les damos dos espacios de ‘prime time’ y ellos nos quieren dar a cambio menos dinero y documentales sin mucha audiencia”, dijeron las citadas fuentes.
RTVE también mantiene abierta la negociación por la renovación del torneo de tenis de Roland Garros. RTVE no tiene dinero para afrontar los casi 12 millones que le piden por el total de cuatro temporadas, pero Mediaset, el otro operador que puja por los derechos, no está dispuesta de momento a pagar esa cantidad, por lo que las conversaciones siguen a varias bandas.
Por otro lado, el Consejo de Administración de RTVE ha recibido una contestación del Congreso de los Diputados al requerimiento que le hizo para que le aclarara sus competencias en materia de formulación de cuentas y aprobación del Presupuesto. La Cámara Baja se ha remitido a la aclaración que ya le dio en septiembre del año pasado, en la que aseguraba que el Consejo no puede asumir las competencias exclusivas del presidente de la corporación, sí las compartidas y las delegadas. «Nos han dejado como estábamos, porque no sabemos bien cuáles son esas competencias exclusivas», afirman desde el Consejo.
«La reasunción de competencias debe entenderse limitada a las competencias propias del Consejo de Administración que hayan sido delegadas, sin que pueda extenderse a las competencias legales y estatutarias del presidente como presidente de la Corporación, que al no ser competencias propias del Consejo no son tampoco susceptibles de delegación ni, por tanto, de reasunción», señalaba el texto parlamentario.
Servimedia